Patentes y Modelos de Utilidad
¿Qué es una patente y un modelo de utilidad?
Una Patente es toda invención que se obtiene al detectar un problema a resolver y propone una solución técnica específica, utilizando elementos conocidos que, combinados de una manera especial, dan origen a un nuevo objeto o solución desconocido hasta ese momento, para el problema detectado.
Es fundamental que cuente con alguna característica nueva que no sea conocida en el cuerpo de conocimiento existente hasta el momento en el ámbito técnico.
Una patente de invención puede ser un objeto, un procedimiento, un aparato para fabricar el objeto, un compuesto químico, un microorganismo, etc. y debe cumplir con los tres requisitos de esenciales: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
Un Modelo de Uutilidad se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados.
En todos los casos, un modelo de utilidad debe cumplir sólo con dos requisitos para poder ser protegido: novedad y aplicación industrial.
¿Porque es importante patentar y proteger mis inventos?
Porque es la única forma a través de la cual, el Estado otorga un derecho de propiedad al inventor, para poder ejercer la exclusividad de su invención writingessayeast.com. Lo habilita para impedir que terceros, sin autorización, realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto o procedimiento patentado.
Los derechos sobre las patentes y los modelos de utilidad son bienes intangibles, y al igual que un título de propiedad inmobiliario o automotor, el titular puede venderla, dejarla como herencia o incluso regalarla.
¿Este derecho es para siempre?
No. El Estado está interesado en promover la creatividad y la innovación, por eso, el inventor, a cambio de este derecho exclusivo, debe compartir información sobre su investigación para enriquecer el conocimiento público.
Este derecho exclusivo es limitado en el tiempo, 20 años para las patentes, y 10 años para los Modelos de utilidad. Los plazos comienzan a correr desde la presentación de la solicitud y no son renovables, al finalizar el período, pasan a ser de dominio público.
La excepción al inicio del cómputo es lo establecido en el Convenio de París, tratado firmado por nuestro país, ratificado por la ley 17.011. Según su artículo 1° los países a los cuales se aplica el Convenio se constituyen en Unión para la protección de la propiedad industrial. Entre sus beneficios más notorios, establece que quien hubiere depositado en algún país miembro una solicitud de patente o modelo de utilidad y estuviera interesado en presentar la misma solicitud en algún otro país miembro, tiene derecho a pedir un certificado de prioridad. Esto significa en términos concretos, que cuando se evalúe la novedad de lo propuesto en los países donde se invocó la prioridad, la fecha que tendrán en cuenta será la de la presentación original en nuestro país y no la de la presentación en esos países, siempre y cuando dicha segunda presentación se hubiere realizado dentro de 1 año a partir de la presentación original en nuestro país.