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La
gestión del estudio no se agota en el trámite administrativo,
a través del cual el solicitante se transforma en el titular del
derecho que invoca, sino que nuestros abogados asesoran y patrocinan en
las diferentes clases de acciones que emanan específicamente del
propio derecho industrial.
Frente a terceros que inescrupulosamente pretenden adueñarse del
trabajo y prestigio ajeno, la ley concede al titular marcario, la acción
por cese de uso de marca procedente siempre que un tercero –con
o sin mala intención - utiliza su signo u otro muy similar, para
distinguir determinado producto o servicio, o bien protegiendo al empresario
de la comúnmente denominada ‘piratería marcaria’:
cuando una marca notoria o de renombre internacional es registrada por
alguien sin interés legítimo.
Existen además otro tipo de acciones que protegen estos derechos
tales como los plagios a la Ley de Propiedad Intelectual propiamente dicha,
o las nulidades de patentes, diseños, o modelos de utilidad. En
estos casos, también son procedentes las acciones por cese de uso,
o de caducidad de los derechos mencionados.
Normalmente brindamos un asesoramiento integral en cuanto a conveniencia
o no de interponer la acción y riesgos. |