La gestión del estudio no se agota en el trámite administrativo, a través del cual el solicitante se transforma en el titular del derecho que invoca, sino que nuestros abogados asesoran y patrocinan en las diferentes clases de acciones que emanan específicamente del propio derecho industrial.
Frente a terceros que inescrupulosamente pretenden adueñarse del trabajo y prestigio ajeno, la ley concede al titular marcario, la acción por cese de uso de marca procedente siempre que un tercero –con o sin mala intención - utiliza su signo u otro muy similar, para distinguir determinado producto o servicio, o bien protegiendo al empresario de la comúnmente denominada ‘piratería marcaria’: cuando una marca notoria o de renombre internacional es registrada por alguien sin interés legítimo.
Existen además otro tipo de acciones que protegen estos derechos tales como los plagios a la Ley de Propiedad Intelectual propiamente dicha, o las nulidades de patentes, diseños, o modelos de utilidad. En estos casos, también son procedentes las acciones por cese de uso, o de caducidad de los derechos mencionados.
Normalmente brindamos un asesoramiento integral en cuanto a conveniencia o no de interponer la acción y riesgos.